En resumen
El 1 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal del Trabajo que agrega la fracción XXXIV al artículo 132. Desde ese día existe la obligación de registrar electrónicamente la jornada, y desde el 1 de enero de 2027 existen las sanciones.
Lo que pasó
El 1 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal del Trabajo que materializa el cambio constitucional al artículo 123 publicado dos meses antes, el 3 de marzo. La reforma constitucional fijó el rumbo; esta es la que pone obligaciones concretas con nombre y número.
Entre ellas, una fracción nueva en el artículo 132 —el artículo donde la ley enumera lo que toda persona empleadora tiene que hacer—. La fracción XXXIV obliga a registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora y a poner ese registro a disposición de la autoridad cuando lo solicite.
Por qué no es un cambio administrativo
Durante décadas, el control de asistencia en México fue un asunto interno de cada empresa. Quien quería llevarlo bien lo llevaba; quien no, tampoco tenía mucho problema, porque nadie revisaba de verdad.
La palabra electrónicamente cierra esa etapa. No deja espacio para el cuaderno junto a la puerta, la tarjeta en el rack ni la lista que se firma en la entrada. Y la frase de cada persona trabajadora cierra la otra salida: un horario teórico o un calendario general no sustituyen el registro individual.
El calendario que empezó ese día
| Momento | Qué significa |
|---|---|
| 1 de mayo de 2026 | La obligación existe en la ley. |
| Mayo – diciembre de 2026 | Fase de ajuste. Ocho meses para montar el proceso. |
| 1 de enero de 2027 | Entran en vigor las disposiciones de la STPS y las sanciones. La jornada baja de 48 a 46 horas. |
Ocho meses suena a mucho. En la práctica, una empresa con varios centros de trabajo necesita levantar cómo registra hoy, elegir un método, documentar la aceptación de su personal y correr un periodo de prueba. Eso no se hace en diciembre.
Lo que todavía no estaba
La ley dice qué hay que hacer, no cómo. El detalle técnico —cuántos registros al día, en qué formato se entregan, cuánto tiempo se conservan— quedó para las disposiciones generales que debe publicar la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En mayo no existían.
Esa ausencia marcaría los meses siguientes, y es el hilo que recorre esta bitácora.